martes, 25 de febrero de 2025

¡Nuevas reglas para importar autos clásicos en Argentina!

La Resolución SIC Nº 24/2025, emitida el 24 de febrero de 2025 por la Secretaría de Industria y Comercio de Argentina, establece un nuevo procedimiento para importar vehículos automotores clásicos bajo la excepción del inciso e) del Artículo 7° del Decreto N° 110/99. Este marco legal permite la nacionalización de vehículos de colección o de interés histórico con más de 30 años de antigüedad y un valor FOB mínimo de USD 12,000, considerándolos parte del patrimonio cultural del país.

El objetivo principal de esta resolución es simplificar y actualizar el proceso administrativo, eliminando trabas identificadas en la anterior Resolución N° 958/23, como la tasación obligatoria por el Tribunal de Tasaciones de la Nación, que generaba inconsistencias entre el valor declarado y el tasado. Además, se reduce el período de prohibición de enajenación de 5 a 2 años, fomentando la libertad comercial y los oficios relacionados con la restauración de estos vehículos.
Puntos clave:
  1. Definición y requisitos: Los vehículos clásicos deben tener al menos 30 años y un valor FOB de USD 12,000 o más.
  2. Certificado CIVAC: Se crea el Certificado de Importación de Vehículos Automotores Clásicos (CIVAC), tramitable vía la plataforma TAD, con vigencia de 1 año.
  3. Acreditación (AVAC): Debe ser emitida por entidades habilitadas o, en ciertos casos, se exime si el modelo ya fue aprobado previamente.
  4. Proceso: La Dirección de Importaciones evalúa las solicitudes en 10 días, pudiendo requerir más documentación. Si todo está en regla, se emite el CIVAC.
  5. Restricciones: Los vehículos no pueden venderse durante 2 años y están sujetos a comprobación de destino por la Dirección General de Aduanas.
  6. Cambios respecto a la Resolución N° 958/23: Se elimina la tasación oficial, se agilizan trámites y se abroga la norma anterior, ajustando pendientes a las nuevas reglas.
Esta medida busca desburocratizar el sistema, apoyar la industria de restauración y preservar el patrimonio cultural, entrando en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial, es decir, a partir del 25 de febrero de 2025, dado que fue dictada el día previo.








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