Res. Gral. AFIP 3109/11
Ref. Bienes de extranjeros que obtengan residencia permanente y de argentinos que retornan para residir en el país.
9/5/2011 (BO 16/05/11)
VISTO el Expediente Nº 1-258449-2010 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Nº 25.871 y su modificación prevé la política migratoria de la República Argentina y su Decreto Reglamentario Nº 616 del 6 de mayo de 2010, mediante los Artículos 15 y 103 de su Anexo I, constituyó a la Dirección General de Aduanas, dependiente de esta Administración Federal como la autoridad competente para determinar el procedimiento, alcances y montos de los beneficios dispuestos para los extranjeros que obtengan su residencia permanente y para los argentinos que retornan al país, luego de haber residido en el exterior.
Que la Subsecretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, mediante su Providencia SSIP Nº 748/10, determinó la competencia de este Organismo para dictar la normativa que torne operativos los aludidos beneficios.
Que, atento a ello, corresponde el dictado de la presente a fin de establecer los requisitos y procedimientos aplicables a la importación de bienes pertenecientes a los extranjeros que obtengan su residencia permanente en la República Argentina y a los argentinos que retornan al país luego de haber residido más de DOS (2) años en el exterior.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera y de Recaudación y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 15 y 103 del Anexo I del Decreto Nº 616 del 6 de mayo de 2010 y por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º - Establécense los requisitos y procedimientos aplicables a la importación de bienes pertenecientes a los extranjeros que obtengan su residencia permanente en la República Argentina y a los argentinos que retornan al país luego de haber residido más de DOS (2) años en el exterior, en el marco de la Ley Nº 25.871 y su modificación y del Decreto Nº 616 del 6 de mayo de 2010.
Art. 2º - Con los beneficios establecidos en la referida ley, podrán importarse los bienes que a continuación se detallan, según se trate de:
1. Extranjeros que obtengan su residencia permanente en el país: 1.1. Efectos personales y del hogar, nuevos o usados, destinados al uso del beneficiario o de su grupo familiar, siempre que por su cantidad, naturaleza o variedad no permitieren presumir que se importan con fines comerciales o industriales.
1.2. UN (1) automóvil por persona con DIECIOCHO (18) años cumplidos o emancipada, usado y registrado a nombre del interesado.
1.2.1. Se entenderá por automóvil a los vehículos comprendidos en el inciso a) del Artículo 5º de la Ley Nº 24.449 y sus modificatorias y por usado al automóvil que haya rodado en la vía pública con una finalidad diferente a la de ensayos, pruebas o traslados a concesionarias o lugares de embarque.
1.2.2. El automóvil deberá estar registrado ante la autoridad oficial competente del país de procedencia, con TRES (3) meses de anticipación, como mínimo, a la fecha de ingreso al país del sujeto solicitante.
2. Argentinos que retornan al país luego de haber residido más de DOS (2) años en el exterior 2.1. Los bienes detallados en los puntos 1.1 y 1.2 anteriores y 2.2. los bienes destinados a su actividad laboral,
entendiéndose como tales las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos siempre que acrediten ser necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, y que no permitan presumir la instalación de talleres, laboratorios comerciales, industriales o semejantes.
Art. 3º - Están exentos del pago de derechos de importación, impuestos, tasas, contribuciones y demás gravámenes, los bienes indicados:
1. En los puntos 1.1 y 2.2 del Artículo 2º, sin límite de valor.
2. En el punto 1.2 del mencionado Artículo 2º, siempre que su valor en aduana sea inferior o igual a QUINCE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 15.000) o su equivalente en otra moneda. Cuando su valor sea superior al citado importe se deberá tramitar la importación del bien en el marco de la Resolución Nº 5107 (ANA) del 9 de diciembre de 1980 y sus modificatorias o la que en el futuro la reemplace y la totalidad de su valor quedará sujeto al pago de los tributos que gravan la importación para consumo.
Art. 4º - Los bienes deberán arribar al país dentro de los TRES (3) meses anteriores o hasta los SEIS (6) meses posteriores al ingreso al país del beneficiario y sólo serán liberados después del arribo del mismo.
En el caso de los extranjeros, el plazo establecido precedentemente se computará del siguiente modo:
1. Radicación obtenida con anterioridad al arribo definitivo: desde la fecha del ingreso de la persona.
2. Radicación obtenida después del arribo definitivo de la persona: desde la fecha del otorgamiento de la radicación definitiva.
Art. 5º - La solicitud de autorización de importación se formalizará mediante la presentación de una nota, según corresponda, ante la Dirección Aduana de Buenos Aires, la Dirección Aduana de Ezeiza o las Divisiones Aduana dependientes de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, la cual originará una Actuación del Sistema de Gestión de Expedientes y Actuaciones (SIGEA) de esta Administración Federal.
Con la referida solicitud se deberá presentar, en original y copia, la siguiente documentación:
1. Documentación que acredite la identidad del interesado (Documento Nacional de Identidad o Pasaporte).
2. Para los extranjeros con residencia permanente en el país, la certificación emitida por la Dirección Nacional
de Migraciones, en el marco de la Ley Nº 25.871 y su modificación.
3. Para los argentinos, el cambio de domicilio en el Documento Nacional de Identidad realizado en el exterior, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47 de la Ley Nº 17.671 y el certificado de residencia o baja consular solicitado por su traslado a la República Argentina, donde conste el tiempo de residencia en el extranjero. (modificado por Resolución General 3181/11)
VER MODIFICACION: RG 3181 AFIP
4. Documento de transporte, a excepción de aquellos bienes que hayan ingresado por sus propios medios o en condición de equipaje.
5. Lista de empaque o declaración jurada consignando la descripción detallada de los bienes ingresados.
6. Factura de compra original o declaración jurada del valor del automóvil.
7. Constancia de inscripción del vehículo ante la autoridad oficial competente del país de procedencia o declaración jurada visada por el Consulado argentino. Las copias de la citada documentación serán certificadas por el agente interviniente de este Organismo, previo cotejo con los originales, los que se devolverán al interesado.
Art. 6º - Cuando la documentación indicada en el artículo anterior esté redactada en idioma extranjero, deberá acompañarse su traducción al idioma español certificada por traductor público nacional. Asimismo, toda documentación emitida en el extranjero deberá estar debidamente certificada, legalizada o, en su caso, apostillada por el Consulado argentino con jurisdicción en el país de origen.
Art. 7º - La importación de los bienes se registrará con afectación del documento de transporte en el Sistema Informático MARIA (SIM) mediante una Declaración Sumaria PART, motivo "DR616", debiéndose consignar en el campo "importador" el número de Pasaporte o Documento Nacional de Identidad y en el campo "observaciones" el apellido y nombres completo del declarante.
No obstante, la importación de las mercaderías que ingresan al país por sus propios medios (sin documento de transporte) se tramitará mediante la respectiva Actuación SIGEA.
Art. 8º - La Salida de Zona Primaria Aduanera tramitará, según el medio en el que hayan arribado los bienes, conforme a lo establecido en la Resolución Nº 630 (ANA) del 15 de marzo de 1994, la Resolución Nº 258 (ANA) del 29 de enero de 1993 o la Resolución Nº 970 (ANA) del 17 de marzo de 1995, y sus respectivas modificatorias y sus complementarias.
Art. 9º - Los bienes ingresados al amparo de esta resolución general quedan sujetos al régimen de comprobación de destino y se encuentran exentos del pago de la tasa correspondiente.
A tales efectos, cumplida la operación, las solicitudes se remitirán a la dependencia de registro, la cual dará intervención a las áreas de comprobación de destino de la Dirección Aduana de Buenos Aires, Dirección Aduana de Ezeiza o de las Direcciones Regionales Aduaneras, según corresponda.
Art. 10. - El beneficiario deberá fijar y mantener actualizado su domicilio ante la Aduana de registro durante el plazo de DOS (2) años, contados a partir de la fecha del libramiento de la mercadería de que se trate. El cambio de domicilio deberá ser comunicado en un plazo no mayor a DOS (2) días hábiles administrativos de producido el mismo.
Art. 11. - La tenencia, posesión o propiedad de los bienes importados al amparo de este régimen no podrán ser objeto de cesión o transferencia a título oneroso, ni gravados, por el plazo de DOS (2) años contados a partir de la fecha de su introducción a plaza, sin autorización previa de la Dirección General de Aduanas de esta Administración Federal.
Al inscribir la propiedad de los automotores en los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios se consignará:
a. En el certificado de identificación del vehículo y a continuación del apellido y nombres del titular, la leyenda: "Unico Autorizado para Conducir", y
Modificado por Res 4420/2019 - ver link
Modificado por Res 4549/2019 - ver link
b. En el Título de Propiedad del Automotor la expresión: "El vehículo no podrá ser transferido hasta el día/mes/año".
Art. 12. - Los sujetos podrán acogerse a estos beneficios una vez cada SIETE (7) años, contados desde la fecha de emisión del acto administrativo por el que hayan sido acordados.
Art. 13. - El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente será pasible de las sanciones dispuestas por el Código Aduanero.
Art. 14. - Cuando se disponga la apertura del sumario para imponer penas por el incumplimiento a este régimen, el juez administrativo competente dispondrá, en los términos del Artículo 1085 inciso b) del Código Aduanero, la interdicción con derecho a uso del automotor en cuestión y comunicará, mediante nota, tal circunstancia para su anotación al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios que corresponda.
Art. 15. - Esta resolución general entrará en vigencia a partir del décimo día hábil administrativo inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Asimismo, sus disposiciones se aplicarán a los trámites pendientes que se encuentren sin autorización firme.
Art. 16. - Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese.
Ricardo Echegaray.
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viernes, 5 de octubre de 2012
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hola, queria consultar, si cuando un extranjero obtiene residencia temporal puede tambien atenerse a esta resolucion de mudanza?. Muchas gracias, muy util toda la ingormacion que entregan
ResponderEliminarHola Karina, como estas.
EliminarLa Res 3109/2011 aplica para argentinos retornartes y extranjeros que obtengan la residencia permanente.
En el caso de residencia temporal, deberas ingresar tus cosas con una importacion temporal, hasta que consigas la permanente, o bien, retornes a tu pais de origen
Espero sea util la info
Saludos
Hub Argentina
hola gente, como están? querría preguntarles el precio que me cobrarían al llegar a la Argentina desde España, a una moto de 600 cc, año 2011, darme una idea porfa, gracias.
ResponderEliminarHola Juan Manuel.
ResponderEliminarLa importacion de motocicletas no aplica en la Res 3109/2011.
Por lo tanto esta sujeta al pago de gravamenes a la importacion.
Los mismos rondan aprox el 90% sobre el valor en aduana
Espero sea util la info
Saludos
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Eso significa que hay que pagar el 90% de lo que, por ejemplo me salio la moto aca? o el 90% de lo que saldria la moto alla? yo tengo una Harley 2011 soy argentino y vivo en USA hace mas de 2 años.. ayuda porfavor.
EliminarHOLA. MI MARIDO TIENE LA CIUDADANÍA ESPAÑOLA Y ES ARGENTINO. SE VINO DE ESPAÑA, DONDE RESIDIÓ POR 9 AÑOS, HACE 22 AÑOS. COMPRÓ UN MOTORHOME ALLÁ EN JULIO DEL AÑO PASADO. PUEDE TRAERLO COMO REPATRIADO???? CUÁNTO SALDRÍA EL TRASLADO???? MUCHAS GRACIAS
ResponderEliminarHola Miriam, como estas.
EliminarNo esta permitida la importacion de casas rodantes bajo el regimen de equipaje no acompañado. Y la Res 3109/2011 solo permite importacion de automoviles sin el pago de gravamenes.
ART. 59º- A los fines de lo previsto en el artículo 491 del Código Aduanero, exclúyese del régimen de equipaje: a) las armas de fuego que no contaren con la autorización del organismo competente, explosivos, inflamables, estupefacientes, objetos obscenos y literatura subversiva o pornográfica; b) los automotores en general, sus partes y repuestos, las motocicletas, motonetas y bicicletas a motor, los motores dentro y fuera de borda, las casas rodantes, las aeronaves y las embarcaciones de todo tipo, sus partes y repuestos.
Espero sea util la info
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Hola! Muy interesante la página. Yo quería saber cuanto se debe pagar de impuestos si se trae una mudanza del exterior después de los 6 meses de haber arribado al país. Muchas gracias. Estela Otero
ResponderEliminarHola Estela, como estas.
EliminarLamentablemente, no es posible ingresar una mudanza luego de que haya pasado el plazo maximo de 6 meses de residencia en Argentina.
Saludos cordiales
En la mudanza a Argentina puedo llevarme mi camion con el cual trabajo ?
ResponderEliminarBuen dia. Si podes traer el camion pero sujeto al pago de gravamenes a la importacion. Tene en cuenta que los mismos rondan el 90% sobre el valor en aduana.
EliminarY solo podes traer tractor.
Espero sea util la informacion
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Buenas, muy Buena la pagina gente!
ResponderEliminarqueria hacer una consulta, Soy Argentino estoy en estados unidos, hace mas de dos anios que estoy viajando y me compre una kombi westfalia (camper van).
Queria saber si este tipo de vehiculos esta encuadrada como motorhome y si tendre problemas para ingresarla a la Argentina.
Es un vehiculo muy antiguo y ademas quisiera saber si tendria que abonar algo.
Muchisimas gracias por su respuesta
saludos cordiales
Buen dia. Gracias por tus palabras. Nos alegra que sea util.
EliminarCon respecto a tu consulta, lamento comentarte que no esta permitida la importacion de casas rodantes/motorhome al amparo del regimen de equipaje.
Saludos
Buenos dias, soy argentina con doble nacionalidad, vivo en Barcelona hace 11 años y quiero regresar a Argentina y llevarme una caja de 1m3 con mis cosas personales. Debo pedir la baja consular? que es lo que necesito hacer? Muchas Gracias
ResponderEliminarHola Paula. para enviar tus cosas como equipaje no acompañado, deberas tramitar el certificado consular. Es necesario para que puedas ingresar tus cosas sin el pago de gravamenes a la importacion.
EliminarEspero sea util la info
Saludos
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Tengo dupla nacionalidad, vivi en Brasil la mayor parte del tiempo, y hace 3 años volvi a vivir en Argentina, mi mama es brasileira y ahora se quiere venir a vivir comigo y traer la mudanza por tierra, visto que maritimo no es nuestro caso. Como debo proceder y donde dirigirme para obter precisas informaciones, no traere auto ni eletronicos, visto la diferencia de wats, en el pais. Se trata de cosas personales de un hogar, algunos muebles, vajilla, ropa de la casa. Gracias.
ResponderEliminarHola Silvia, como estas. La documentacion es la misma en cuando a una mudanza se refiere, por mas que cambie el medio de transporte. Debera tramitar el certificado consular en el consulado argentino para ingresar la mudanza y cumplir con los requisitos de la res 3109/2011.
EliminarSi vienen por sus propios medios, deben consultar en la aduana de cruce acerca de los requisitos y documentacion.
Saludos cordiales
Hola soy extranjero que va a vivir en la argentina. Tengo un coche nuevo que fue un regalo. Y lo pienso conducir desde canada hasta la argentina. todavia no tengo residencia pero pienso obtenerla una vez ahi. El coche esta a nombre mio. Pero como tratan regalos? No hay precios en regalos, se que en la argentina tendre 90 dias que podre estar en el pais, puedo entrar y salir del pais con el coche mientras se hacen todos los tranmites?
ResponderEliminarBuen dia.
EliminarSe toma el valor de venta en plaza en el pais de procedencia de un auto similar en marca, modelo y año.
Asi es, podras estar 90 dias de manera temporal.
Debes obtener la residencia permanente para poder nacionalizarlo.
Saludos
Hola, muy interesante y útil. Quisiera preguntarles qué documentación debería tramitar antes de ir a la Argentina un ciudadano italiano residente en Italia que se muda para radicarse permanentemente en Argentina para ser acogido por la ley y quedar excento de pagos aduaneros. Gracias, Juan
ResponderEliminarGracias Juan por tus apreciaciones. Esperamos sea util la informacion. Deberias tramitar la residencia permanente. Consulta en el Consulado Argentino los requisitos que necesitaras o bien te dejo la pagina de http://www.migraciones.gov.ar/accesible/?residencias . Para estar exento del pago de gravamenes, deberas obtener la residencia permanente. Mientras tanto, podras ingresar tu mudanza de manera temporal.
EliminarSaludos
Me parece muy útil la información y aclaraciones que hacen en el sitio. Soy argentino y resido en Chile por 12 años. Quiero volver a Argentina y quisiera saber donde puedo averiguar los tramites que necesito para hacer la mudanza por mis propios medios, ya que no son muchas cosas y las puedo llevar en mi camioneta.
ResponderEliminarSaludos
Buen dia. En principio deberas tramitar el certificado de residencia en el consulado y luego averiguar en la aduana que corresponda a tu domicilio los requisitos que te solicitaran a fines de documentar tu mudanza. Tambien deberas hacer visar la documentacion del vehiculo en el consulado argentino.
EliminarSaludos
hola ,regreso a la argentina y mi mudanza tiene alrededor de 7metros cúbicos ,la empresa se hace cargo del embasado y traslado hasta el puerto de bs as nada mas ,cuanto deveria pagar allí para retirar mis cosas ?
ResponderEliminarBuen dia. Aca en Buenos Aires, deberas abonar gastos de agencia maritima y deposito fiscal, entre otros. Deberias solicitar a la empresa que contrataste que te informe los montos a abonar, para que tengas un estimado total de gastos antes de embarcar.
EliminarTe dejo link
http://www.mudarseaargentina.com/2012/08/costos-tener-en-cuenta-cuando-mi.html
Saludos
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Buenas: mi consulta esta dirigida a regresar a argentina con el auto: En la normativa dice que el valor del vehiculo debe ser igual o inferior a 15.000 dolares o equivalente.
ResponderEliminaren que parte de ella dice q a ese monto hay que restarle el flete y seguro???? con lo cual el valor del auto se reduce hasta los 8.000 euros aprox.
Buen dia. La normativa dice VALOR EN ADUANA DEL VEHICULO.
EliminarEn ninguna parte dice que hay que restar el flete y el seguro.
Es lo que nosotros decimos para que puedan calcular el VALOR DEL VEHICULO EN EL PAIS DE PROCEDENCIA.
Por eso decimos aprox euros 8000.- para el valor del auto, para que luego, al sumar el flete y el seguro, no excederse del VALOR EN ADUANA DE USD 15000.-
Saludos
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Como calculas el valor del flete?
EliminarEl flete es el que corresponda al transporte maritimo desde el pais de procedencia hasta Argentina.
EliminarBuenos días, quería consultar que tramites tengo que hacer para mudarme a Argentina soy argentino con nacionalidad española y vivo en España desde el 2002, estaría llevando mudanza normal(ropa, muebles, electrodomésticos y herramientas de trabajo) hay que pagar algún impuesto?, desde ya muchas gracias
ResponderEliminarHola Monica, como estas. Si aplicas a la Res 3109/2011, no abonas impuestos por la importacion de tu mudanza. Tenes que tramitar el certificado consular en el Consulado Argentino que corresponda a tu domicilio actual en España.
EliminarEspero sea util la informacion
Saludos cordiales
Hola muy buenas,soy argentino con nacionalidad española y vivo en Barcelona desde el 2007,quiero llevarme muebles,herramientas ,un auto y un furgón,los a mi nombre.Me podrían dar un idea de lo q debo hacer y cuanto me saldría.Muchas gracias
ResponderEliminarBuen dia. Solo podras traer un vehiculo por persona. Deberas optar por el automovil o por el furgon. Con los muebeles, etc, no hay problema.
EliminarTene en cuenta que el furgon no esta contemplado en la Res 3109/2011, por lo tanto, la importacion queda sujeta al pago de gravamenes de aprox el 90% sobre el valor en aduana.
Comentanos cualquier duda
Saludos cordiales
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Hola, mi nombre es Viviana soy argentina y vivi 8 anios en el reino unido, ahora estoy de vuelta en el pais, me volvi con mi pareja con quien me case y le acaban de dar su residencia permanente. Contratamos una compania de mudanzas en el reino unido que se llevo unas cajas nuestras para depositarlas en Buenos Aires. Y nos comunicaron que de ahi en mas nosotros nos tenemos que hacer cargo del resto del camino. La cajas llegan en 6 semanas. Que deberiamos hacer? Se puede contratar otra compania para que las retire por nosotros y las envie hasta El bolson, lugar donde vivimos ahora.
ResponderEliminarLes agradezco mucho, la verdad que la pagina esta muy Buena.
Feliz 2015!!!
PD; perdon por los acentos, no se como ponerlos en esta compu :-)
Vivi
Hola Viviana, como estas. Si claro, podemos realizarte los servicios desde puerto de Buenos Aires. Contactanos para conocer mejor la documentacion que tenes, etc.
Eliminarinfo@hubargentina.com.ar
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Hola,soy juan Carlos y quisiera saber el valor de mi coche en dólares de Argentina es un audi a3 y aquí en España su valor es de 6000 euros,dónde puedo ver una lista con los precios actualizados?? Muchas gracias
ResponderEliminarBuen dia Juan Carlos. El valor para aduana se tomara de paginas de venta de autos de España, de modelos similares en año y version.
EliminarSi necesita saber cuando vale su auto en Argentina, puede entrar a paginas de venta de autos usados. Por ejemplo: www.mercadolibre.com.ar
Cualquier otra duda puede contactarnos.
Saludos
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hola una pregunta , se puede traer un auto por persona ? osea en grupo familiar se pueden traer dos ( marido y mujer uno cada uno?
EliminarHola Alejo.
EliminarPueden traer:
– UN (1) automóvil por persona con DIECIOCHO (18) años cumplidos o emancipada, usado y registrado a nombre del interesado.
– El automóvil deberá estar registrado ante la autoridad oficial competente del país de procedencia, con TRES (3) meses de anticipación, como mínimo, a la fecha de ingreso al país del sujeto solicitante.
Es decir que si en una familia, por ejemplo, hay dos autos registrados por distintos titulares, están dentro de la resolución mientras que si es titular de los dos la misma persona, va a tener que elegir cual traer.
Saludos
Hola, hace mas de dos años que vivo en eeuu, quisiera saber si puedo llevarme un contenedor con dos mudanzas(mia y de mi marido) No se si la mudanza es por persona o grupo familiar.
ResponderEliminarEspero puedan ayudarme.
Gracias
Buen dia. Si, no hay problema. Pueden traer una mudanza cada uno.
EliminarSaludos
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también tengo otra gran duda, cuando empiezan a contar los 6 meses después del arribo definitivo de la persona? yo recibi la residencia permanente un 27 de abril y ahora estoy en España haciendo mi mudanza y también leì en las normas que tengo que poner el sello de equipaje no acompañado y que desde ahí comienza a contar el tiempo de los 6 meses para la entrada de mis objetos al país. cuando empieza a contar? desde la fecha del otorgamiento de la residencia permanente o desde que me ponen el sello de equipaje no acompañado? estoy hecha un lio y sigo para adelante con mi mudanza sin saber para donde ir ¿¿¿¡¡¡¡
ResponderEliminarmil gracias
Hola Verónica. como estas.
EliminarFaltaria informacion para analizar tu caso. Si queres, comunicate con nosotros asi vemos como analizarlo.
Entiendo que tenes residencia permanente desde el 27/4 , por lo tanto estas viviendo en Argentina y luego de eso fuiste a comprar el auto?
Comentanos
Saludos
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El valor de mercado de mi vehículo es de aproximadamente 10.000 € (euros) en España donde resido hace 12 años.En mi retorno a la Argentina estoy gestionando llevármelo a ésta. El límite de 15.000 U$(dólares) ¿Lo imposibilitaría, si hay que sumarle gastos de seguro y flete??
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ResponderEliminarPor favor tu ayuda: vivo en Chile desde 2001 con Residencia Permanente desde 1996 Después de tantos años regresaré definitivamente a Arg.
ResponderEliminarMi consulta: quisiera llevarme mi viejito Peugeot 406 , 2002, precio en Chile 5.100 US $. Seguro que no me toca pagar nada...?. Pregunté hace meses en Rosario y iunguna de las 3 empresas de Despachantes de Aduana allí supo decirme si y cuanto debía pagar!!...
Que documentos necesitaré...?
Mil gracias..!
BUENÍSIMA TU PAG...!!, te haré propaganda en el Consulado en Santiago de Chile..
Slds
Cris
Hola Cris. Con ese valor no vas a tener problemas. El limite es de usd 15000.-
EliminarSaludos
Que buena pagina, muy, muy util y precisa. Estoy volviendo de USA, donde vivimos hace 5 anios con la familia. Quiero traerme los 2 autos, el de mi mujer y el mio. Voy a hacer el certificado de residencia y el certificado de los vehiculos (los 2 menos de 9,000 dolares; una Hyundai Santa Fe 2007 y un Audi A4 2004). El punto es que el titulo del auto en los 2 casos los puse a nombre mio y no aparece el de mi mujer. Alcanza con comprobar que estamos casados, o al tener los 2 autos a mi nombre se invalida? Llevo Certificado de residencia de los 2, y puedo probar que ella lo manejaba, como indica el seguro. Por favor, su experta opinion. Gracias!!
ResponderEliminarHola Martin, como estas.
EliminarLos autos deben estar a nombre de distintas personas. O sea, 1 auto a tu nombre y 1 auto a nombre de tu esposa.
Condiciones y requisitos:
- El arribo al país del automóvil debe producirse desde 3 meses antes y hasta 6 meses después del arribo del ciudadano argentino al pais,
– Las motocicletas, camiones, vehículos de carga, etc. NO ESTAN INCLUIDOS en la resolución, por lo tanto, ABONAN GRAVAMENES A LA IMPORTACION.
– UN (1) automóvil por persona con DIECIOCHO (18) años cumplidos o emancipada, usado y registrado a nombre del interesado.
– El automóvil deberá estar registrado ante la autoridad oficial competente del país de procedencia, con TRES (3) meses de anticipación, como mínimo, a la fecha de ingreso al país del sujeto solicitante.
Es decir que si en una familia, por ejemplo, hay dos autos registrados por distintos titulares, están dentro de la resolución mientras que si es titular de los dos la misma persona, va a tener que elegir cual traer.
Cuando necesites un presupuesto para tu mudanza, contactanos asi podemos asesorarte.
Saludos
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hola soy david y vivo en suiza hace 3 años somos un matrimonio con dos menores, la consulta es . queremos regresar para argentina con nuestros vehiculos de uso diario y de trabajo. dos coches usados y de modelos 2000 y 2003, y mis dos motos de alta cilindrada de modelo 2009 y 2012 . las motos ninguna supera el valor de 10.000 dolares. tengo entendido que son dos vehiculos por persona adulta. esto es correcto , y si no que tendria que pagar o hacer. desde ya gracias . david
ResponderEliminarHola David, como estas. Podes ingresar 1 auto + 1 moto por persona mayor de 18 años. Los vehiculos ingresan libres del pago de gravamenes si aplican a la Res 3109/2011 - http://www.mudarseaargentina.com/2012/10/res-gral-afip-310911.html -
EliminarLas motos siempre pagan gravamenes. Estima el 90% sobre valor en aduana. Y hay que ver si aplican impuestos internos.
Espero sea util la info.
Cualquier duda, contactanos
Saludos
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Buenos días, estamos planeando nuestra vuelta a Argentina después de haber vivido 13 años en Suiza. La idea es llegar un container con 2 vehículos y algunas cosas personales. Desde acá es muy fácil averiguar el teme del embarque y transporte. El problema es una vez que él container llega a buenos aires, nadie nos dice exactamente lo que hay que hacer! Por ejemplo, es posible, una vez arribado el barco, bajar los vehículos y salir andando con las patentes suizas y hacer el trámite de nacionalización más tarde? O necesitamos las patentes argentinas para poder circular? Qué pasa con los autos durante el tiempo que se lleva a cabo el trámite? Es más fácil llevar el container cerrado ( hasta Bariloche) y abrirlo allá? Muchísimas gracias por toda la información que puedan darnos!
ResponderEliminarBuen dia. Si van a establecer su residencia definitiva en Bariloche, los vehiculos deben nacionalizarse ahi. Seria lo mejor transportar directamente el contenedor cerrado desde puerto de Buenos Aires, documentando los vehiculos con un transito y descargar en su residencia para iniciar luego la nacionalizacion.
EliminarEspero sea util la informacion. Cualquier otra duda, nos comenta.
Saludos
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Estamos cerca del puerto de Buenos Aires y de las oficinas de Aduana. Tenemos más de 20 años de experiencia en comercio internacional.
hola, soy argentina y vivo en españa hace varios años, la idea es mandar mi vehiculo que pague 10000 euros mod 2002, debo pagar impuestos? me lo puede recibir alguien de mi confianza y guardar hasta que yo viaje a argentina, desde ya muchas gracias!
ResponderEliminarBuen dia Eli. Vos podras traer tu auto usado cuando finalmente retornes a vivir a Argentina. No puede recibirlo otra persona, ya que debes estar en el pais para iniciar los tramites de nacionalizacion.
EliminarCualquier otra duda, nos comentas.
Saludos
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Hola estoy a punto de resolver mi retorno a argentina bs as con mi coche y mi moto año 1994 y enseres la mto paga el 85% del valor país de prosedencia? O sea España son 3 bl los que corresponden cuanto están tardando para nacionalizar los vi culos
ResponderEliminarBuen dia. Hay que ver donde va a ser tu lugar de residencia definitiva. En Buenos Aires puede tardar entre 5 y 10 dias habiles. En otras aduanas puede tardar un poco mas.
EliminarSaludos
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Hola. Si llevo el auto dentro del container junto a mi mudanza, consideran el valor del flete el precio del container o por el espacio que ocupa en el container?
ResponderEliminarBuen dia, como estas.
EliminarSe divide el flete en proporcion a los m3 ocupados, en caso de que venga con enseres.
Saludos
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Hola de mucha ayuda el pág.
ResponderEliminarPero no queda claro.,mi pregunta mi padre vive en Barcelona regresa a vivir a Argentina,su automóvil tiene el valor en España de 7000 euros y tiene otros de 5000 el optara por traer sólo uno!!! pero con estos valores estaría dentro del lo que se dice no pagar NADA? Nada? Nada? Muchas gracias.
Buen dia Jesica, como estas. Con ese valor de euros 7000.- va a estar bien por debajo del limite de los usd 15.000.- de la Res 3109/2011. Solo se puede traer un auto por persona. Lo que no va a pagar son los gravamenes a la importacion, pero si tendra costos en si, de los servicios de la mudanza. Te dejo link que puede serte util para entender esta parte. Cualquier duda, nos contactas.
EliminarSaludos
http://www.mudarseaargentina.com/2014/12/costos-que-debe-incluir-una-cotizacion.html
Hola yo estoy viviendo hace un año en italia y me quiero volver a la argentina las.cosas de laa casa no tienen gravamenes ,el auto paga el 85% del valor del mercado en italia o en argentina
ResponderEliminarGracias saludos cordiales
Buenas tardes. El 85% de gravamenes se paga sobre el VALOR EN ADUANA tomando como referencia el valor del vehiculo en Italia + flete internacional.
EliminarSaludos
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Hola, ese valor de la res 2011 (usd 15,000) nunca fue actualizado? Porque por usd 15,000 en USA no se compra mucho. Por otro lado que pasa si el valor del auto que ingreso al pais supera el monto de usd 15,000 ? Gracias
ResponderEliminarBuen dia. El valor limite para ingresar un vehiculo exento del pago de gravamenes, sigue siendo de usd 15000.- de valor en aduana.
EliminarLa importacion de vehiculos que exceden dicho valor, estan sujetos al pago de gravamenes de aprox el 85% sobre el total, ya que se ingresan por otra normativa.
Saludos cordiales.
Hola soy española y me acabo de casar con argentino en mar del plata, aproximadamente en un mes me dan dni y residencia permanente, en junio vuelvo a España un par de meses y ya quisiera traerme mis cosas y coche, a partir de que fecha debo contar para saber hasta cuando,puedo traerme la mudanza, muchas gracias
ResponderEliminarBuen dia. Tenes hasta 6 meses posteriores a la fecha de otorgamiento de la residencia permanente, para ingresar tus efectos personales y enseres del hogar, mas el automovil.
EliminarSaludos
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Hola, una pregunta; podría comprarle un motorhome a un turista que lo entro y tiene 3 meses y luego lo tiene que sacar del país?
ResponderEliminarBuen dia Franco. Ese vehiculo no podras patentarlo a tu nombre.
EliminarSaludos
Buenas!!
ResponderEliminarPrimero quiero agradecerles por tratar estos temas que se hacen tan necesarios y de los cuales es dificil encontrar informacion util y acertada.
Les cuento mi caso, soy argentino e italiano. Estoy viviendo en Alemania desde hace casi un año. El tema es que me inscribí en Alemania con el pasaporte italiano, y tambien me inscribi en el consulado de Italia, pero no así en el de Argentina.
Si voy a pedir la inscripcion como argentino residente en Alemania, mi periodo de 2 años empieza a correr desde la fecha del tramite o me tomarian en cuenta el año que llevo viviendo aqui al demostrarlo por medio del certificado de residencia que me dieron cuando me inscribi en Alemania (que me lo hice con mi pasaporte italiano)??
Alguien sabe algo?
Muchas gracias por todo, y no descarto llevar mi BMW viejito por medio de ustedes a Argentina en un par de años jeje
Buen dia Martin
EliminarLo que cuenta es que los 2 ultimos años, antes de tu retorno definitivo, tu residencia fue fuera de Argentina.
Al momento del retorno, deberas concurrir al consulado argentino que corresponda al pais desde donde vas a retornar.
Saludos
Buenas tardes. He vivido más de 2 años en Perú. Tengo intenciones de traer manejando mi vehículo y nacionalizarlo. El valor de mercado ronda los USD 20.000. En que normativa se indican los impuestos que se deben pagar? Quisiera estimar cuanto deberé pagar. Muchas gracias.
ResponderEliminarBuen dia Pablo.
EliminarSuperando los usd 15000.- de valor en aduana, deberas abonar gravamenes a la importacion de aprox 85% sobre el valor en aduana.
Saludos
HOla. quiero preguntar, si el valor máximo para inngresar el vehiculo es de 15.000 euros, pero se cuenta el valor del flete en ese monto? Gracias
ResponderEliminarBuen dia Susana.
EliminarEl valor en aduana limite segun la Res 3109/2011 es de usd 15000.-.
Valor en aduana = valor del vehiculo "venta en plaza, pais de procedencia" + valor del flete maritimo + 1% seguro.
Espero sea util la informacion.
Saludos cordiales
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Hola, buenas tardes. Vivo hace 10 años en Chile, soy Argentina y quiero volver a fin de año. Tenemos dos autos, de más de USD 20.000 cada uno. Cuánto se debería pagar de impuestos por cada auto?? (uno mío y otro de mi marido). Muchas gracias
ResponderEliminarBuen dia.
EliminarLos gravamenes a pagar son del 85% sobre el valor en aduana.
Estima para usd 20.000 de valor - gravamenes a pagar: usd 17000.-
Saludos
Buenas noches, llevo dos años viviendo en Argentina como residente temporal, en agosto del presente año me otorgan la residencia permanente, quería saber si al momento de obtener la residencia permanente puedo realizar la mudanza de mis bienes personales desde Venezuela según la 3109/11? El ingreso al país es contabilizado desde llegue hace ya dos años o se cuenta desde que recibo la residencia permanente? Debo salir y volver a entrar al país para contabilizar el ingreso? Ante todo muchas gracias.
ResponderEliminarBuen dia Ronald. A partir de la fecha que te dan la residencia permanente, podes traer la mudanza. Esa es la fecha que se toma.
EliminarSaludos
Hola muchas gracias por este util servicio. Estoy en USA hacen 18 meses y deseo retornar a fin de mes. llevo de cinco a siete metros cubicos de muebles y efectos personales del hogar. No llevo vehiculo. Quiero preguntarles si ustedes levan este tipo de mudanza, costos estimativos y tambien si me pueden informar acerca del hecho de no haber cumplidos los dos anos. Estoy sujeto a costos de impuestos, se considera esto importacion? es Todo usado.
ResponderEliminarApreciare me informe a la brevedad para realizer los tramites. Muchas gracias, muy util esta pagina.
Buen dia Hugo. Si, nosotros realizamos ese servicio.
EliminarCon mas de 1 año podes traer tus efectos personales libres del pago de impuestos a la importacion. Podes enviarnos un email a info@hubargentina.com.ar a fines de poder armar una cotizacion.
Saludos
Hola buenas tardes.
ResponderEliminarTengo una duda. podría importar herramientas propias del hogar (taladro, alicates, etc) , libre de gravamen? o estas están excluidas. No las podrá justificar para el uso de mi profesión, solo para el hogar.
Un saludo
Muchas gracias
Si, no hay problema. Siempre que sean en cantidades normales de un hogar.
EliminarSaludos
Hola
ResponderEliminarEntiendo que con residencia permanente en España , 13 años, tengo derecho a todo lo referido al retorno . Mi pregunta es ...si obtengo la nacionalidad española también puedo retornar a mi país mudando mis cosas sin pagar impuestos ? O la doble nacionalidad ya no me lo permite ? Gracias
Hola Mariana. Si claro, al retornar lo haras como argentina y el ingreso de tu mudanza, estara libre del pago de gravamenes.
EliminarEspero sea util la informacion.
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Hola - Vivo hace 5 años en USA. Me quiero llevar mis cosas a Argentina. Leí que hay una reglamentación que dice que no puedo haber estado más de 60 días en Argentina durante los últimos 12 meses previos al ingreso definitivo al pais. Esto es asi? Aplica está regla habiendo vivido 5 años en USA?
ResponderEliminarMuchas gracias,
Tomás
Hola Tomas. Si aplicas a la Res 3109/2011 no corre ese plazo. Cuantos dias estuviste?
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Hola gente, que buen sitio, lea felicito. He leído mucho los comentarios pero no he encontrado el mio. He vivido en USA casi toda mi vida y ahora a poco de mi retiro quiero retornar a mi tierra. La pregunta es esta:
ResponderEliminar1 Si yo tuviera un auto que vale en el mercado 23,000 dólares, Cuanto es lo que debería pagar de gravamen.
2 Dónde la Aduana busca el valor actual del vehículo.
Muchas gracias y felicitaciones. No dudaría en buscar sus servicios para mi mudanza.
Buen dia Hector. Gracias por tus palabras.
Eliminar1 - Si el valor del auto supera los usd 15000.- los gravamenes a la importacion rondan el 85% en su sumatoria.
2 - El valor se tomara de https://www.kbb.com/
Saludos cordiales
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ResponderEliminarHola que tal al consignar en el documento de embarque Bl o CRT, sobre una pareja que retorna al país se debe consignar una persona o deben figurar las 2 personas, y los papeles a presentar es por una persona o toda la documentación de las 2 personas para hacer el expediente en EmBA?
ResponderEliminarHola Emilio. El bl debe consignarse a 1 sola persona.
EliminarSaludos
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me quiero mudar a Argentina ,estoy en España hace 2 años y 3 meses,la pregunta es,ustedes tienen a personal aquí en valencia ,ESPAÑA que se encargue de gestionar el traslado de los muebles hasta el puerto .Una vez en Argentina ,cuanto tiempo hay que esperar para retirar los muebles
ResponderEliminarBuen dia Norberto. Si, contamos con agente en Valencia para los tramites desde alli. Y luego nosotros tomamos la mudanza en puerto de Buenos Aires, para realizar los tramites y entregartela. Estima que una vez llegado al puerto, en aprox 10 dias ya podes tener los muebles.
EliminarTe dejo info de contacto para que podamos asesorarte en cuanto a tiempos y costos.
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hola buenas ustede nos podrian ayudar somo argentinos y deseamos regresar y queremos saber si hay companias q hacen servicio de mudanzas de puerta a puerta somo de mendoza q nos recomienden.tambian nos dicen q cantidadde dinero podemos llevar o hay q declararlo. hay una regulacion.muchas gracias es una paguina excelente informacion.
ResponderEliminarBuenos dias.
EliminarNosotros somos una empresa de mudanza internacionales y podemos asesorarte en lo que necesites.
Te dejo nuestra info de contacto
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Hola excelente la página, es de mucha ayuda...
ResponderEliminarQuisiera preguntarles para el caso de retornar desde México, donde llevo 7 años...en que publicación se basa la aduana para ver el valor de los vehículos que me llevo?
Y en el caso de los vehículos los dos deben estar en el BL(que saldrá a nombre de uno solo de los cónyuges) aunque sean distintos los titulares de cada uno de los vehículos?
No hace falta hacer dos trámites aduanales?
Desde ya les agradezco vuestra ayuda
Mauricio
Buen dia Mauricio, como estas.
EliminarLos valores se toman de lo que valen los vehiculos en Mexico.
Al ser dos vehiculos de dos titulares diferentes, se deberan hacer BL´s hijos una vez arribado a puerto Bue, para q se puedan documentar ambos vehiculos. Se debe desconsolidar el contenedor.
Te dejo nuestra info de contacto.
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Buenas noches necesito si pueden ayudarme con una consulta. Un ciudadano Italiano quiere realizar una mudanza a Bs As en forma permanente incluye muebles y un auto usado. Que reglamentacion y pasos a seguir debe cumplimentar? Desde ya muchas gracias
ResponderEliminarBuen dia. Debe cumplir con la res 3109/2011. Si es italiano, primero debera tramitar la residencia permanente. Consultar en el Consulado Argentino las condiciones.
EliminarSaludos
Hola , un abrazo y felicidades , muy buen artículo , chevere encontrar ayudas así . Sigo con mi pregunta , soy colombiano vivo en buenos aire hace 20 meses con dni en unos meses ya me entregan dni permanente , quisiera saber si aún está vigente esta resolución , en mi caso quisiera traer una motocicleta , tendría que trasladar a mi nombre 3 meses antes de traerla ? En caso que no se pueda motocicleta tengo también un auto , habría algún problema en traer los dos , en total están Justo en los 15.000 usd gracias , de nuevo felicitaciones .
ResponderEliminarBuenas tardes Marco. Una vez que obtenes la residencia permanente, tenes 6 meses para ingresar el vehiculo de tu propiedad que tenias ANTES DE VIAJAR HACIA ARGENTINA, o sea, no podes comprar ahora. Las motos siempre pagan gravamenes. Los autos, si cumplen con la Res 3109/2011 estan exentos.
EliminarSaludos cordiales
Hola , felicidades excelente información , una pregunta , aún está vigente esta resolución ? No se ha extendido para traer motocicletas ? , el vehículo que vaya a traer debe estar a mi nombre 3 meses antes de traérmelo ? , muchas gracias y felicidades por el aporte tan valioso .
ResponderEliminarrespondido en otro mensaje
EliminarSaludos
Hola! Mi esposa mi hijo y yo tenemos moto. Las tres están a mi nombre. Hace 3 años que vivo en México. Si me mudase a Aegentina las puedo llevar?
ResponderEliminarBuen dia. Solo se permite 1 automovil + 1 moto por persona mayor de 18 años. Por lo tanto, debera transferir las otras motos para que pueda traer las 3. Y tambien tener en cuenta, que los vehiculos deben estar como minimo 3 meses a nombre del titular, antes de realizar la mudanza.
EliminarLa importacion de las motos esta sujeta al pago de gravamenes a la importacion.
Espero que sea util la info
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Hola. Estoy planeando una mudanza a Argentina.
ResponderEliminarPor favor, podras explicarme luego de haber hecho el tramite de residencia en el consulado, como es la gestion aduanera?
Se necesita una firma? Un despachante de aduanas? Teniendo un documento de transporte, entiendo que hay que hacer un despacho. Bajo que destinacion? Como se declara?
Por otro lado. Cuando se desconsolida en el Deposito fiscal. Como es el control aduanero? Y cuanto tarda en liberarse aprox?
Buenas tardes. Comunicate con nosotros para un mejor asesoramiento.
EliminarSaludos
Hola, tengo la duda sobre que catalogan como vehículo de carga y que no... por ejemplo, una Ford Aerostar, seria un vehículo de carga por sus dimensiones, o de pasajeros porque tiene asientos? O una utilitaria como seria una Fiorino x ejemplo... pregunto porque vendi mi auto para comprar un vehículo en el que quepa mi mudanza, ya que nos son muchas cosas, que aun no compre, y me gustaría que entrara en la exención.
ResponderEliminarHola Pablo. Segun la Ley de transito, se define como:
EliminarArtículo 5. DEFINICIONES
A los efectos de esta ley se entiende por: a) Automóvil: el automotor para el transporte de personas de hasta ocho plazas (excluido conductor) con cuatro o más ruedas
O sea, solo debe ser para transporte de pasajeros. No debe ser con caja de carga utilitario o comercial.
Saludos
Hola, primero felicitaciones por la pagina y por toda la informacion. Ahora mi consulta, un hombre de Venezuela ingreso en diciembre de 2017 con su kombi año 2009 y supuestamente su valor no supera los 15000 dolares desde alla a Argentina en forma temporaria pero al final decidio quedarse definitivamente acá pero no tiene la residensia permanente ni nada. El es el titular del vehiculo desde hace un tiempo largo asi que por ese lado no hay problema. El tema es que el quiere vendermela y que yo inicie todos los tramites para poder nacionalizarla y que quede a mi nombre.Existe alguna posibilidad de gestionar este tramite o que el titular de la kombi mediante un escribano me ceda un poder para iniciar todo yo,o es complicado??, por favor necesito de su ayuda ya que ando dando vueltas y rebotando por todos lados y nadie sabe informarme en forma concreta. Desde ya muchas gracias y espero su respuesta.
ResponderEliminarBuenas tardes. Solo puede nacionalizar el automovil el titular, una vez obtenida la residencia permanente. Y luego de nacionalizada, no puede venderla por 2 años.
EliminarSaludos cordiales
Buenas tardes, quisiera saber si entra en el regimen de mudanzas el hecho de llevar un piano vertical desde Buenos Aires a Santiago de Chile, o debe ser de otra forma ?, muchas gracias.
ResponderEliminarBuen dia Alejandro. Si usted se va a vivir a Chile, puede llevar su piano como equipaje no acompañado sin problemas.
EliminarSaludos
Hola! Mi novio es británico y quiere radicarse en Argentina conmigo, para lo cual pedirá la residencia temporaria hasta que consiga trabajo acá y nos casemos.
ResponderEliminarTodavía no llegó al país, y va a traer un container que llegará poco después que él con sus cosas (muebles, una heladera, un microondas, un TV de unos cuantos años de antiguedad, algunas herramientas, cosas de jardín y de la casa, todo usado, NO trae ningún vehículo).
Cómo debe hacer para traer sus cosas sin pagar ningún impuesto?
Saludos y gracias por esta excelente página!
Ana
Buen dia Ana.
EliminarPara poder ingresar el contenedor con su mudanza, debe primero obtener la residencia temporaria, sino no es posible documentar.
De esta manera podrá ingresar, garantizando los gravámenes a la importación con una póliza de caución. Una vez que obtiene la residencia permanente, puede nacionalizar la mudanza, sin el pago de grávamenes.
Cualquier duda puntual, nos comentas.
Por presupuestos, podes escribirnos a info@hubargentina.com.ar
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Buenas tardes Hub Argentina, disculpen la molestia, sabrían decirme de donde toma el valor de una motocicleta la aduana para luego calcular el 90%?, ya que estoy retornando a Argentina después de 4 años residiendo en el ectranjero y tengo una motocicleta a mi nombre hace 3,5 años. Hay una tabla que me puedan ayudar a encontrar?, o toman el valor de la póliza de importación de la motocicleta al país que resido? Desde ya muchas gracias. Saludos.
ResponderEliminarHola Martin,
ResponderEliminarEl precio/costos del vehículo (en este caso moto) que toma aduana Argentina para el calculo CIF**, es del valor de mercado (compra/venta) del país de origen.
**CIF: (Costo del vehículo valor de mercado del país de origen + costo flete oceánico puro Puerto a Puerto por traer la moto + 1%) el resultado de ecuación se calculara los gravamen aduaneros.
Esperamos haber podido aclarar sus dudas.
Saludos cordiales
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Más de 15 años de trayectoria. Desde Buenos Aires, a toda Argentina y el mundo.
tengo una hija estudiando en argentina desde hace 2 años. yo vivo en temuco, Chile y deseo trasladarme a neuquen para vivir con ella, y quiero llevarme todos mis enseres de casa en un contenedor de 12 metros. como me pueden asesorar uds? que costo tendría su gestión, y que requisitos debo reunir para iniciar el traslado? el traslado en camión lo haría un conocido.donde debo cargar el contenedor y como se hace para depositario en el destino y para su inspección? agradecer su respuesta por que he visto que son muy claros en sus respuestas y eficientes en su forma de actuar. gracias
ResponderEliminarBuenas tardes. Al hacerlo via terrestre, los trámites deberás realizarlos al ingresar a un depósito fiscal con jurisdicción en Neuquen, que ingrese el camión autorizado. El camión deberá contar con agente de transporte aduanero para que le realice la documentación de cruce.
EliminarEspero sea útil la info.
Saludos
SOMOS UNA FAMILIA DE TRES:
ResponderEliminarMI ESPOSA ARGENTINA NATURALIZADA ESTADOUNIDENSE, MI HIJA ESTADOUNIDENSE Y CON DNI ARGENTINO Y YO ESTADOUNIDENSE CON DNI ARGENTINO TAMBIEN
PODEMOS MI ESPOSA Y YO LLEVAR CADA UNO UN AUTO EN LA MUANZA DENTRO DEL PRECIO QUE ESTIPULA LA LEY?
Buenas tardes. Se puede ingresar 1 vehiculo por persona mayor de 18 años. Por lo tanto, usted y su mujer pueden traer 1 automovil cada uno, aplicando a la Res 3109/2011.
EliminarEspero sea útil la información
Saludos cordiales
Hola. Muy buena la pagina.
ResponderEliminarSoy ciudadano estadounidense y argentino. Vine a trabajar en 2016 a US. Ahora planeo mudarme de regreso a Argentina. Estaba leyendo los requisitos para mudar mi auto.
Preguntas.
1. En los requisitos del articulo 5to. "3. Para los argentinos, el cambio de domicilio en el Documento Nacional de Identidad realizado en el exterior, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47 de la Ley Nº 17.671 y el certificado de residencia o baja consular solicitado por su traslado a la República Argentina, donde conste el tiempo de residencia en el extranjero. (modificado por Resolución General 3181/11)"
>>> Respecto de esto. Nunca cambie el domicilo de mi DNI argentino. Sin embargo tengo constancia de mi domicilio en Estados Unidos a traves de mis recibos de sueldo y mi Identificacion de California. Sera esto suficiente para cubrir este requisito?
2. Respecto del articulo 6.
Hay alguna lista de traductores que tengan disponible?
Muchisimas gracias!
Buenas tardes. Gracias por tus palabras.
EliminarCon respecto a tu consulta, 1) ese requisito ya no es exigible, de hecho, en unos posteos posteriores, encontrarás publicada la modificación a ese punto.
2) podes chequear en la pagina del colegio de traductores
te dejo link http://www.traductores.org.ar/buscar?filtro_idiomas=1&filtro_ubicacion=1&nombre=&de=13&a=52&ubicacion=3&zona=0
Espero sea útil la info.
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Saludos cordiales
Vi que los autos tienen una restricción para el manejo por otro que no sea el titular. Es esta resticción para el conyuge también?
ResponderEliminarBuenas tardes.
EliminarAsi es. El único autorizado a conducir, es el titular del vehículo.
Saludos cordiales
Hola chicos, consulta !
ResponderEliminarA fin de año estaría volviendo a Argentina y se cumpliría 2 años y 10 meses que me fui, pero dentro de ese lapso de tiempo regrese una vez, por menos de 15 días ( a modo de vacaciones ). Mi duda es si entro en este tipo de clasificación o al haber vuelto dentro de ese lapso no estaría dentro de los dos años exigidos.
De antemano muchas gracias!
Buen dia Manuel, como estas.
EliminarNo hay problema con ese viaje de 15 dias. Seguis aplicando a la Res 3109/2011 si estas fuera de Argentina hace mas de 2 años.
Espero sea útil la info.
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Hola,estoy viviendo hace tres años en Ibiza y quiero volverme definitivamente a mi país
ResponderEliminarQuiera saber si me pueden informar si puedo llevarme,mu juego de dormitorio,tele,mueble de comedor, del baño, electrodomésticos y algunas cosas más de uso personal
Si debo pagar aduanas y que me informaran como debo hacerlo
Desde ya les estoy muy agradecida
Buenas tardes. Si, claro. Podemos enviar tu mudanza en modalidad grupaje hacia Argentina
EliminarTe pido te comuniques con nosotros para mas informacion de tramites, costos, etc
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Vuelvo a Argentina desde Barcelona,me llevo mi coche y mi moto.
ResponderEliminarLa pregunta es si puedo llevar en el coche cosas particulares y enseres de casa usados.
Gracias
Buenas tardes Oscar.
EliminarSi bien es una mudanza internacional, la tramitacion de los distintos expedientes ante aduana, hace q sean mercaderias diferentes. Por lo cual, Aduana no permite cargar los vehiculos con efectos personales. Eventualmente, a fines de su cuidado, podria permitirse algun elemento fragil, tipo TV, etc, pero no mas q eso.
Te pido te comuniques con nosotros para poder asesorarte acerca de costos, transportes, etc, para brindarte el mejor servcio para tu mudanza internacional.
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