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jueves, 28 de junio de 2012

Baja consular o Certificado de residencia en el exterior


¿Qué es? ¿Para qué sirve?

Si usted decide regresar definitivamente a Argentina y ha vivido más de DOS años en el exterior, y en el último año no ha realizado viajes ocasionales al país que excedan de sesenta (60) días, podrá importar libre de gravámenes sus bienes personales.
Para poder comprobar su residencia en el exterior le van a solicitar los siguientes documentos:
  • la Baja Consular, siempre y cuando se inscribiera en este Consulado a su llegada, o el Certificado de Residencia en el exterior, en el caso de que no se hubiera inscripto.
Estos documentos le permitirán acrediatar ante la Dirección General de Aduanas cuanto tiempo ha residido usted en el exterior. Si cumplen los requisitos que exige la Dirección General de Aduana, no deberá pagar los aranceles de importación por el ingreso de sus enseres personales y del hogar.
Para conocer en detalle los requisitos legales, lea atentamente la reglamentación correspondiente en la “Resolución General AFIP Nº 3109/2011”, en el siguiente enlace (clique aquí)
MPORTANTE: La “Baja Consular” o el “Certificado de Residencia en el Exterior” no le otorga el derecho a estar exento del pago del impuesto de importación. Estos documentos son sólo un requisito para el trámite aduanero. El otorgamiento de la franquicia queda exclusivamente a criterio de la Dirección General de Aduanas.

El trámite

Este trámite lo puede realizar de forma personal en el Consulado solicitando previamente turno o por correo. [+información]

Entrega de documentación: en el día, antes de las 14:00 horas.

Documentación necesaria

  • Pedir turno
  • Pasaporte argentino en vigor
  • Uno de estos documentos:
    • La inscripción consular, siempre y cuando se inscribiera a su llegada en el Consulado y con fecha de más de DOS años.
    • Presentar el DNI argentino, en el que conste el domicilio español con fecha de más de DOS años.
    • Certificado de empadronamiento español con fecha de más de DOS años.
  • Tasa: 40 €

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    información publicada en la página del Consulado Argentino en Barcelona

10 comentarios:

  1. Hola! Necesito ayuda porque estoy muy perdida en el tema. Me quiero mudar a argentina. Vivo en España desde el 2003 y tengo residencia permanente aca. Tengo mi certificado histórico de empadronamiento en el que figura mi historia aquí desde aquel año. Pero si he vuelto a argentina en los últimos dos años por mas de 60 días. Mas exactamente, hace un 1 y 8 meses que no viajo a argentina.
    Quiero saber si en mi caso tengo que pagar los costos aduaneros. Me quiero llevar mis muebles, electrodomésticos y demás bienes electrónicos y mi auto que tanto me costaron conseguir en todos mis años aca.
    Espero q me puedan ayudar.
    Muchas gracias!

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  2. Habria que analizar las fechas y dias que estuviste aca, pero con lo que comentas, no deberias tener problemas.

    Ingresaria tu mudanza por la Res. 3109/2011 que habla del requisito de mas de 2 años.

    Espero sea util la info
    Saludos

    ResponderEliminar
  3. Hola, yo vuelvo en Junio a Argentina luego de haber vivido 1 año y 8 meses, ¿tengo q hacer algun tramite en el consulado antes de mudarme? aclaro que pienso llevar el coche y algunos televisores... muchas gracias, saludos!

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    Respuestas
    1. Hola Nico. Si, tenes que tramitar el certificado de residencia.
      Recorda que la Resolucion 3109/2011 especifica 2 años de residencia en el exterior para poder traer tus cosas libres del pago de gravamenes.
      Te dejo link
      http://www.mudarseaargentina.com/2012/10/res-gral-afip-310911.html

      Espero sea util la info
      Saludos
      Hub Argentina

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  4. Hola.
    Tengo una duda y es que no se bien que se considera como vehiculo de carga,yo por ejemplo si me quiero llevar algo estilo 4x4 o nissan navara o algo similar ,¿eso como se considera??.
    Gracias

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    Respuestas
    1. Hola. Si tiene caja es de carga y no esta incluida en la Res 3109/2011. Si es tipo SUV, no hay problema, es considerada automovil para pasajeros.
      Espero sea util la info
      Saludos

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  5. Los felicito por su gran ayudará al consumidor. Mi pregunta es cuando comienzan a correr los 3 mesesde espera para enviar un auto desde Miami a Buenos Aires, en el momento que firmó los papeles para registro temporal de placa, cuando la registracion y la placa permanente es expedida, o cuando el título de propiedad es expedido. También cuanto tiempo tengo para pagar los impuestos después de el arribo de el auto, el precio excede el limite. Gracias

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    Respuestas
    1. Buen dia Cuca, como estas.
      Los 3 meses los tomata aduana desde la fecha del titulo de propiedad. Los gravamenes a la importacion deberas pagarlos para la nacionalizacion del vehiculo. La misma se tramita una vez que arriba el buque. No se podra proseguir con el tramite sin el pago de los gravamenes y esto te ocasionara extracostos por almacenaje, etc.
      Espero sea util la info.
      Cualquier otra duda, nos contactas.

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  6. Buenos días mi madre vivió en Barcelona desde hace más de Seis años y quiere volverse el necesita saber que necesitaría para dar la baja y traerse unas 15 cajas de 64,5x34,5x37cm cada caja estaría pesando unos 30k máximo y otras menos son todas sus pertenencia sin muebles si me pasan presupuesto agradecería y llegarían al puerto de Bs AS? Y si aquí ya no tendría que pagar nada más? Por favor necesitaría info muchas gracias

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    1. Buen dia Marta. Seria aprox 2 m3 en total. Lo ideal seria enviar la mudanza en modalidad grupaje. Para una correcta cotización, te pedimos te comuniques con nosotros para poder consultarte mas detalles a fin de realizar un correcto presupuesto.
      Saludos cordiales

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